JURISPRUDENCIA
Estatal Fogasa
STS: FOGASA
 FOGASA. Responsabilidad subsidiaria del art. 33.2 ET respecto a indemnización por despido que fue reconocido improcedente, cuya cuantía impagadase reclamó en demanda de cantidad en la que se dictó sentencia. Idoneidad de cualquier sentencia como título eje.


 

STS: FOGASA
FOGASA. Obligación de abono del 40 % de la indemnización en despidos colectivos u objetivos por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas. primer motivo, competencia funcional: a efectos de admitir el recurso hay que estar a la cuantía pedida en la demanda y por ello en este caso procedía recurso de suplicación contra la sentencia dictada en instancia. El segundo motivo también se desestima por falta de relación precisa y circunstanciada y por falta de contradicción.SENTENCIA 


 

 

STS: FOGASA
 FOGASA. Responsabilidad subsidiaria. Cantidades procedentes del reconocimiento de un despido como improcedente que luego no se abonan por el empresario y son objeto de una reclamación de cantidad.

 

STS: FOGASA
FOGASA. Responsabilidad subsidiaria previstas en el art. 33.2 et. para reclamar la indemnización por despido improcedente establecida no en una sentencia dictada en proceso por despido sino en uno ordinario, de reclamación de cantidad. esa sentencia es titulo idóneo para establecer la responsabilidad subsidiaria del fondo en caso de insolvencia de la empresa.SENTENCIA


 

 

STS: FOGASA
FOGASA. Reclamar la indemnización por despido improcedente establecida no en una sentencia dictada en proceso por despido sino en uno ordinario, de reclamación de cantidad. esa sentencia es titulo idóneo para establecer la responsabilidad subsidiaria del fondo en caso de insolvencia de la empresa.

SENTENCIA


 

 

STS: FOGASA
SENTENCIA


 

 

STS: FOGASA
FOGASA: El Fogasa responde del pago de la indemnización por Despido y de la Liquidación de partes proporcionales pactadas globalmente en Conciliación Judicial, sin necesidad de desglose, en aplicación del nuevo redactado dado al artículo 33.2 del Estatuto de los Trabajadores por la ley 43/2006, siempre que no se superen los Módulos y límites fijados en el propio precepto legal. Se estima el recurso.SENTENCIA


 

STS: FOGASA
 Fondo de Garantía Salarial.- Responsabilidad subsidiaria del art. 33-2 ET.- Abono de indemnización por despido objetivo del art. 52 c ET, que no fue satisfecha por la empresa al acordar el cese.- Responsabilidad del FOGASA. No se pierde la garantía por el hecho de que el trabajador no impugnara el despido, aunque éste hubiera debido tratarse como despido colectivo. Reitera doctrina SSTS. 22/1/2007 (Rec. 3011/05), 31/1/2008 (Rec. 3863/06), 3/2/2009 (Rec. 2226/08), y 12/6/2009(Rec. 3175/08)SENTENCIA


 

STS: FOGASA
FOGASA: Responsabilidad subsidiaria del art. 33.2 ET respecto a indemnización por despido que fue reconocido como improcedente en la carta. Impago de la indemnización, conforme en su cuantía se reclamó en demanda de cantidad en la que se dictó sentencia que es título idóneo para establecer la responsabilidad del Fondo en caso de insolvencia de la empresa.SENTENCIA